Actualizado el 29 enero, 2018

Convenio Colectivo para el Sector Comercio Piel y Calzado de Bizkaia

 

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Prórroga hasta 30.9.2013

Nota: Si no se alcanza un acuerdo antes de dicha fecha el convenio perderá vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación (Acuerdo Primero párrafo 2º de la prórroga)

 
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